La Agencia Nacional de Salud Suplementaria (ANS) estableció el martes (23) en el 7,35% el porcentaje máximo de reajuste que se puede aplicar en los planes de salud mensuales de individuos o familiares, con cumpleaños en el período de mayo de 2019 a abril de 2020. La decisión se publicará en el Boletín Oficial de la Unión el miércoles (24).
El reajuste es válido para planes de salud individuales o familiares médico-hospitalarios contratados a partir de enero de 1999 o adaptados a la nueva legislación (Ley No 9.656/98). En la actualidad, esto corresponde a aproximadamente el 17% del total de beneficiarios en los planes de atención médica, es decir, aproximadamente 8 millones de personas.
El porcentaje del 7,35% se calculó a partir de una nueva metodología de la ANS, que tiene en cuenta la variación de los gastos de asistencia con el amplio índice de precios al consumidor (IPCA), pero sin tener en cuenta el plan de salud del artículo.
G1 - 23/07/2019
Noticia traducida automáticamente
Haga clic AQUÍ para ver el original